Licencias y Promoción del Personal Judicial
Conozca las licencias disponibles para el personal judicial de planta permanente y el reglamento para ascensos dentro de la carrera administrativa del Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz.
Licencias del Personal Judicial de Planta Permanente
El personal del Poder Judicial cuenta con un régimen de licencias que contempla diversas situaciones personales, familiares y laborales. A continuación, se detallan las principales licencias reconocidas:
Licencia por Enfermedad
- Hasta 6 meses con goce de haberes.
- Prorrogable por 1 año más con dictamen médico.
- Hasta 1 año y medio más sin goce, salvo enfermedad laboral.
- Debe notificarse dentro de las primeras 3 horas hábiles y presentar certificado médico.
Licencia por Atención de Familiar Enfermo
- Hasta 30 días corridos (ampliable en casos excepcionales).
- Hasta 6 meses si se trata de una persona con discapacidad.
- Aplica a familiares hasta 2° grado de consanguinidad o 1° de afinidad, declarados oficialmente.
Licencia por Maternidad
- 30 días antes del parto y 150 días después.
- Acumulable en caso de nacimiento múltiple o pre-término.
- También para adopciones con guarda judicial acreditada.
- En caso de fallecimiento del hijo durante el embarazo o parto, se prevé un período especial.
Licencia por Paternidad
- 15 días corridos desde el nacimiento del hijo.
Motivos Particulares
- Hasta 15 días al año con goce de haberes.
- Hasta 6 meses sin goce cada 3 años (con más de 1 año de antigüedad).
- Extensible por estudio, investigación o desempeño de cargos públicos.
Licencia por Matrimonio
- 10 días corridos desde la fecha del enlace.
Licencia por Fallecimiento de Familiar
- 9 días hábiles por padres, hijos, cónyuge, conviviente, hermanos.
- 30 días hábiles por fallecimiento de un hijo.
- 5 días por abuelos o nietos.
- Se suma 1 día por cada 800 km de traslado en caso de viaje.
Donación de Sangre
- Día de la extracción, con presentación del certificado.
Candidatura a Cargo Electivo
- Desde 1 mes antes del comicio hasta el día siguiente.
- Si resulta electo/a: hasta el día de asunción.
- Aplica también a candidaturas gremiales.
Licencia Gremial
- Total para el/la Secretario/a General durante su mandato.
- Otro/a Secretario/a designado: mínimo 6 meses.
- Resto de la Comisión Directiva: hasta 300 días anuales.
- Delegados/as: 5 días al año (prorrogables).
Estudio y Capacitación
- Hasta 10 días hábiles si es dentro de la provincia.
- Hasta 28 días hábiles si es fuera.
- Capacitación laboral con goce de haberes, autorizada por el TSJ o Escuela Judicial.
Fería Judicial Anual
- Del 20 de diciembre al 31 de enero del año siguiente.
- Licencia compensatoria de 43 días, organizada según necesidades del servicio.
Receso Invernal
- 12 días corridos coincidentes con el receso escolar provincial.
- Se establece personal de guardia y turnos compensatorios.
Franco Compensatorio
- Por trabajo en feriados, fines de semana o asuetos.
- Requiere autorización del TSJ.
Para todas las licencias se requiere nota por escrito y documentación correspondiente, respetando las vías jerárquicas y los plazos establecidos.
Este resumen está basado en el Reglamento de Licencias aprobado por resolución del TSJ. Para más información, descarga el archivo .
Reglamento de Promoción del Personal
Este reglamento establece las condiciones para que los empleados/as del escalafón administrativo permanente del Poder Judicial puedan acceder a ascensos dentro de su carrera judicial.
¿A quiénes alcanza?
A todo el personal administrativo de planta permanente.
¿Cómo se realizan las promociones?
- Las propone el titular del área (Presidente del TSJ, Jueces, Directores, etc.).
- El agente debe tener la categoría inmediatamente inferior al cargo vacante y al menos 6 meses de antigüedad en el puesto.
¿Qué pasa si no hay propuesta?
Se realiza un concurso abierto de oposición y antecedentes.
Requisitos para concursar
- Tener 6 meses de antigüedad en el cargo anterior.
- No haber desaprobado un examen en los últimos 6 meses.
- La propuesta se publica por 24 hs. y si otro agente lo solicita, se debe hacer concurso.
Quiénes toman los exámenes
Una junta evaluadora conformada por:
- Un representante designado por el TSJ.
- Un representante del personal designado por la entidad gremial.
Sobre los exámenes
- Duran hasta 3 horas.
- Evalúan conocimientos prácticos del área.
- Para cargos de Oficial Mayor o superiores, el examen es más exigente (teórico y práctico).
Puntajes mínimos requeridos
- Oficial Auxiliar: 12 puntos.
- Oficial / Oficial Principal: 16 puntos.
- Oficial Mayor / Jefe de Despacho: 20 puntos.
- Cargos superiores: 22 puntos.
Otros criterios de calificación
- Antigüedad.
- Capacitaciones.
- Buen comportamiento disciplinario.
- Asistencia y puntualidad.
- Permanencia en el fuero (para cargos altos).
Ascensos automáticos
- Escribientes Iniciales con 6 meses pueden ser promovidos con informe favorable.
- Auxiliares con 1 año pueden rendir examen de promoción.
Este resumen está basado en el Reglamento de Promoción aprobado por resolución del TSJ. Para más información, descarga el archivo.
